Declaración de la visión de la Subvención Abuse in Later Life de Arizona
Crear una comunidad colaborativa que prevenga y responda a las víctimas de maltrato en la tercera edad mientras mantiene su seguridad, dignidad y autonomía.
La Subvención Abuse in Later Life (Maltrato en la Tercera Edad, en español) se otorgó mediante la Oficina de Violencia contra la Mujer (OVW, por sus siglas en inglés) del Departamento de Justicia de los EE. UU. (DOJ, por sus siglas en inglés) para víctimas de maltrato en la tercera edad (50+) en el condado de Maricopa y sus alrededores, desde agosto de 2020 hasta septiembre de 2023.
Nuestra misión es colaborar con el programa DOVES de las Agencias del Área sobre el Envejecimiento (AAA, por sus siglas en inglés) para brindar defensa, gestión de casos y necesidades de vivienda identificadas por la comunidad a las víctimas de maltrato en la tercera edad mediante un rol de especialista en vivienda. El especialista en vivienda ayudará a las víctimas a superar los desafíos únicos que enfrentan las víctimas mayores cuando intentan protegerse y dejar a las personas que los maltratan.
Los socios del programa Abuse in Later Life se reúnen mensualmente en un equipo de respuesta comunitaria coordinada (CCRT, por sus siglas en inglés) para colaborar y hablar de recursos, protocolos y controles de sistemas relacionados con el maltrato de ancianos. Los socios seguirán los principios rectores y las estrategias tal como están escritos en la subvención.
La porción de servicios directos de la subvención se usará para financiar un puesto de especialista en vivienda para ayudar a las víctimas de maltrato en la tercera edad en el condado de Maricopa o sus alrededores. El especialista en vivienda del programa AAA DOVES puede brindar apoyo y defensa a las víctimas de maltrato en la tercera edad que necesitan un lugar seguro para quedarse. Los servicios pueden incluir hasta 10 días de alojamiento de emergencia, como un hotel, e incluyen alimentos, ropa y artículos de tocador.
Comuníquese con el programa AAA DOVES para obtener más información:
Area Agency Region One
LÍNEA DE AYUDA para personas mayores las 24 horas del día, los 7 días de la semana en el condado de Maricopa
602-264-4357 (HELP)
JaNee Valerio, especialista en vivienda
[email protected]
480-251-7289
Para obtener más información acerca de la asociación de subvenciones Abuse in Later Life, comuníquese con Jodi Hekter, especialista en el proyecto de subvenciones Abuse in Later Life [email protected].
El maltrato en la tercera edad incluye el maltrato físico y emocional, la negligencia, la explotación financiera, el abuso sexual y la violencia doméstica en personas de 50 o más años, según la definición de la subvención Abuse in Later Life.
"El maltrato a personas mayores incluye el maltrato físico, sexual o psicológico, así como la negligencia, el abandono y la explotación financiera de una persona mayor por parte de otra persona o entidad, que ocurra en cualquier entorno, ya sea en una relación en la que se espera confianza y/o o cuando se ataca a una persona mayor en función de su edad o discapacidad." Elder Justice Roadmap (2014).
Si bien la agresión sexual, la violencia doméstica, la violencia en el noviazgo o el acoso pueden afectar a las víctimas de cualquier grupo de edad, las personas de 50 o más años que experimentan maltrato, negligencia y explotación pueden enfrentar barreras únicas para recibir asistencia. La edad o la discapacidad pueden aumentar el aislamiento de las víctimas con recursos sociales limitados, y los profesionales pueden percibir erróneamente la edad o la discapacidad, en lugar del maltrato, como la causa de las lesiones de la víctima. Las víctimas pueden depender de las personas que las maltratan para el cuidado, el transporte o la vivienda, mientras que estas mismas personas pueden intimidarlas; usando amenazas de ser enviados a un hogar de ancianos para mantenerlos callados. Es particularmente crítico que los profesionales de la justicia penal y los proveedores de servicios para víctimas reconozcan los indicadores sutiles de que una persona mayor está siendo maltratada.
TENGA EN CUENTA: Es importante darse cuenta de que la edad por sí sola no califica a una persona como un adulto vulnerable. Una persona de 80 años alerta y funcional puede no ser un adulto vulnerable, mientras que una persona de 19 años con un impedimento mental o físico podría calificar según el estatuto. Por lo tanto, es fundamental asegurarse de que se incluya una evaluación del funcionamiento de la víctima en el informe de la policía. Puede ser difícil saber si está ocurriendo maltrato o negligencia. Generalmente, busque cambios en la conducta o los hábitos generales de la persona. Tome en cuenta cómo y qué está comunicando la persona, cuáles son sus condiciones económicas, signos de su salud emocional, sus limitaciones físicas, su apariencia personal y el estado de su hogar y entorno.
Violencia Doméstica – La violencia doméstica no respeta la edad. La violencia doméstica en la tercera edad ocurre cuando las personas mayores son maltratadas, explotadas o abandonadas física, sexual o emocionalmente por alguien con quien tienen una relación continua. Las tácticas de los maltratadores son notablemente similares sin importar la edad. Los maltratadores con frecuencia buscan a alguien a quien puedan dominar, aquellos que se cree que son débiles, poco probables o incapaces de tomar represalias. Con respecto específicamente al maltrato en la tercera edad, los agresores pueden incluir un cónyuge o ex cónyuge, parejas, hijos adultos, familia extensa y, en algunos casos, cuidadores.
Aprenda acerca del Programa contra la Violencia Doméstica del DES.
Violencia sexual – La violencia sexual ocurre cuando una persona es forzada, obligada y/o manipulada para llevar a cabo cualquier actividad sexual no deseada, incluso cuando un adulto vulnerable no puede dar su consentimiento debido a su edad, enfermedad, discapacidad o la influencia del alcohol u otras drogas. Pocas veces se habla de la violencia sexual de los adultos mayores. La discriminación por edad contribuye a la noción errónea de que las personas mayores son “asexuales”, lo que fomenta la peligrosa suposición de que no pueden ser objeto de violencia sexual. Los adultos mayores pueden depender de sus perpetradores para que los cuiden, lo que hace que las víctimas sean especialmente vulnerables a la violencia continua. Algunos indicadores de violencia sexual son moretones, marcas de ligaduras, verdugones, quemaduras o enfermedades de transmisión sexual sin explicación.
Explotación – La “explotación" significa el uso ilegal o inadecuado de un adulto vulnerable o de los recursos del adulto vulnerable para el beneficio o ventaja de otro. La investigación de explotación difiere de la investigación de maltrato o negligencia. Los investigadores con amplios antecedentes, capacitación y experiencia en delitos relacionados con documentos deben participar en las investigaciones de explotación. Un perpetrador que explotará a un adulto vulnerable a menudo se pondrá en una posición de cuidador de la víctima y también puede maltratarla. La coordinación entre el investigador de maltrato y el investigador de explotación es fundamental para la preparación del caso.
Explotación financiera – La toma, retención, apropiación o uso ilícito o no autorizado de dinero, activos o propiedad de un adulto vulnerable O cualquier acto u omisión tomado por una persona, incluso mediante el uso de un poder notarial, tutela o curatela de un adulto vulnerable, ya sea para obtener control mediante el engaño, la intimidación o la influencia indebida sobre el dinero, los activos o la propiedad del adulto vulnerable para privar al adulto elegible de la propiedad, el uso, el beneficio o la posesión del dinero, los activos o la propiedad.
El propósito de la guía de recursos es proporcionar recursos legales y una guía de recursos para víctimas relacionada con el maltrato de ancianos en el condado de Maricopa. Esta guía de recursos brinda información a las partes interesadas de la comunidad para permitirles intervenir de manera efectiva en casos relacionados con delitos contra adultos mayores en Arizona, de 50 o más años. El objetivo es tratar a estas víctimas con dignidad y respeto y reducir el número de delitos cometidos. La guía de recursos abordará completamente la explotación y el maltrato de los adultos mayores, brindará pautas y servirá como fuente de referencia para la cooperación interinstitucional en la investigación, enjuiciamiento y manejo de casos de maltrato y explotación que involucren a adultos mayores. Esta guía de recursos ayudará a nuestras partes interesadas a identificar, investigar tales casos y responsabilizar a los infractores mediante el enjuiciamiento.
Consulte la lista de otros recursos incluidos en la Guía de Recursos Legales y Recursos para Víctimas del Condado de Maricopa para el Maltrato de Ancianos, que incluye:
Este proyecto fue apoyado por #2020-EW-AX-K004 otorgado por la Oficina de Violencia contra la Mujer del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Las opiniones, hallazgos, conclusiones y recomendaciones expresadas en esta publicación/programa/exhibición pertenecen a los autores y no reflejan necesariamente los puntos de vista de la Oficina de Violencia contra la Mujer del Departamento de Justicia. Para obtener más información o hacer preguntas, comuníquese con la División de Asistencia y Desarrollo Comunitario (DCAD, por sus siglas en inglés) del Departamento de Seguridad Económica de Arizona (DES). La subvención de la OVW financia el proyecto Abuse in Later Life de Arizona hasta septiembre de 2023. Comuníquese con Jodi Hekter, coordinadora del programa en [email protected] o comuníquese con la División de Asistencia y Desarrollo Comunitario (DCAD) al (602) 542-4446 si tiene alguna pregunta acerca de este guía de recursos.
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Conforme al Título VI de la ley de los Derechos Civiles de 1964, la ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA, por sus siglas en inglés) y otras leyes y autoridades antidiscriminatorias, ADES prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, nacionalidad, sexo, edad o discapacidad. Las personas que requieren una adaptación razonable debido al idioma o la discapacidad deben presentar una solicitud lo antes posible para garantizar que el Estado tenga la oportunidad de hacer los arreglos necesarios para la adaptación. El proceso para solicitar una adaptación razonable puede encontrarse en igualdad de oportunidades y adaptaciones razonables.