Manteniendo a los inquilinos seguros y en sus hogares
Debido a la pandemia de COVID-19, la Ley federal de Asignaciones Consolidadas de 2021 creó asistencia para pagar la renta y los servicios públicos para los inquilinos y propietarios de Arizona. Se brindará asistencia a nivel estatal y local. Los inquilinos y propietarios de los doce condados de Arizona que se enumeran a continuación pueden solicitar participar en el Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler (ERAP, por sus siglas en inglés) por medio del portal en línea de ERAP. Las solicitudes se aceptarán hasta la fecha de finalización del programa del 31 de diciembre de 2021 o hasta que se agote el dinero
Condados donde el programa brinda servicio
Apache
Cochise
Coconino
Gila
Graham
Greenlee
La Paz
Mohave
Navajo
Pinal
Santa Cruz
Yavapai
Algunos condados y ciudades más pobladas, incluso el condado de Maricopa, el condado de Pima y el condado de Yuma, obtienen fondos del gobierno federal. Esos condados tendrán sus propios programas de asistencia para pagar la renta separados del programa de DES. Los inquilinos que viven en ciudades y condados distintos a los enumerados anteriormente deben comunicarse con su área local para obtener información acerca de los programas similares como se enumeran a continuación:
Condado o ciudad | Dirección web | Número de teléfono | Fecha de lanzamiento anticipada |
---|---|---|---|
Condado de Pima | https://tucsonpimaep.com/ | Disponible ahora | |
Tucson | https://tucsonpimaep.com/ | Disponible ahora | |
Condado de Yuma | https://www.wacog.com/ycerap/ | (928) 782-1886 | Disponible ahora |
Phoenix |
City of Phoenix Human Services Department Wildfire |
Central Intake Line (602) 604-0640 |
Disponible ahora Disponible ahora |
Glendale | https://glendaleaz.com/cap | (623) 930-2854 | Disponible ahora |
Chandler | https://azcend.org/community-action-program/ | (480) 963-1423 Extension 118 |
Disponible ahora |
Mesa | https://www.mesaaz.gov/government/mesa-cares | (480) 644-5440 | Disponible ahora |
Gilbert | https://www.gilbertaz.gov/residents/community-and-neighborhood-services/community-resources/foreclosure-prevention-predatory-lending-information/ | Disponible ahora | |
Condado de Maricopa *todas las ciudades excepto Phoenix, Mesa, Glendale, Chandler, Gilbert |
https://hsdclientportal.maricopa.gov/ | Disponible ahora |
Si necesita ayuda para encontrar la agencia que pueda ayudarlo, use esta herramienta de búsqueda.
El portal DES ERAP dirigirá a los inquilinos que viven fuera de estos condados a sus respectivos programas.
Los inquilinos y propietarios pueden presentar una solicitud en línea en era.azdes.gov.
La asistencia para la renta esta disponible para ambos los inquilinos y propietarios. Mientras que ambos pueden solicitar para recibir asistencia, la elegibilidad se basa en la dirección del inquilino y su capacidad de cumplir con las siguientes reglas federales:
Tamaño del hogar (personas) | ||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CONDADOS EN ARIZONA | 1 PERSONA | 2 PERSONAS | 3 PERSONAS | 4 PERSONAS | 5 PERSONAS | 6 PERSONAS | 7 PERSONAS | 8 PERSONAS + |
Condado de Apache | 27,650 | 31,600 | 35,550 | 39,450 | 42,650 | 45,800 | 48,950 | 52,100 |
Condado de Cochise | 33,550 | 38,350 | 43,150 | 47,900 | 51,750 | 55,600 | 59,400 | 63,250 |
Condado de Coconino | 42,150 | 48,150 | 54,150 | 60,150 | 65,000 | 69,800 | 74,600 | 79,400 |
Condado de Gila | 30,100 | 34,400 | 38,700 | 42,950 | 46,400 | 49,850 | 53,300 | 56,700 |
Condado de Graham | 34,950 | 39,950 | 44,950 | 49,900 | 53,900 | 57,900 | 61,900 | 65,900 |
Condado de Greenlee | 36,200 | 41,400 | 46,550 | 51,700 | 55,850 | 60,000 | 64,150 | 68,250 |
Condado de La Paz | 28,000 | 32,000 | 36,000 | 40,000 | 43,200 | 46,400 | 49,600 | 52,800 |
Condado de Maricopa | Los residentes de este condado no son elegibles para este programa del DES. Comuníquese con su condado o ciudad para obtener más información acerca de programas similares. | |||||||
Condado de Mohave | 31,200 | 35,650 | 40,100 | 44,550 | 48,150 | 51,700 | 55,250 | 58,850 |
Condado de Navajo | 29,800 | 34,050 | 38,300 | 42,550 | 46,000 | 49,400 | 52,800 | 56,200 |
Condado de Pima | Los residentes de este condado no son elegibles para este programa del DES. Comuníquese con su condado o ciudad para obtener más información acerca de programas similares. | |||||||
Condado de Pinal | 43,600 | 49,800 | 56,050 | 62,250 | 67,250 | 72,250 | 77,200 | 82,200 |
Condado de Santa Cruz | 27,650 | 31,600 | 35,550 | 39,450 | 42,650 | 45,800 | 48,950 | 52,100 |
Condado de Yavapai | 36,200 | 41,400 | 46,550 | 51,700 | 55,850 | 60,000 | 64,150 | 68,250 |
Condado de Yuma | Los residentes de este condado no son elegibles para este programa del DES. Comuníquese con su condado o ciudad para obtener más información acerca de programas similares. |
Se dará prioridad de asistencia a los inquilinos con ingresos familiares inferiores al 50% del AMI y a los que hayan estado desempleados durante 90 días o más.
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Los solicitantes pueden presentar su solicitud de manera segura desde sus propios hogares usando el portal en línea de ERAP. Los solicitantes que no puedan presentar su solicitud en línea pueden hacerlo por teléfono mediante la línea directa de ERAP al 1-833-912-0878.
Durante su solicitud, los inquilinos deberán proporcionar una copia del contrato de arrendamiento/alquiler, identificación con foto, factura de electricidad y/o gas, aviso de interrupción de servicio (si corresponde), comprobante de ingresos, aviso de desalojo (si corresponde) y comprobante o explicación de sus de dificultades, tal como una carta de rescisión.
Un hogar elegible puede recibir hasta $3,500 por mes de asistencia para pagar la renta y los servicios públicos, según sus necesidades. Se dará prioridad a los saldos atrasados que se remontan a marzo de 2020. La asistencia futura se permitirá en incrementos de tres meses. La asistencia está disponible por un máximo de 15 meses.
Los propietarios tienen a su disposición asistencia por única vez de hasta $500 para los costos relacionados con el tribunal y los abogados asociados con cada unidad de vivienda o inquilino.
Los pagos de asistencia se entregarán directamente a los propietarios y/o proveedores de servicios públicos.
Si se le deniega y no es elegible para recibir asistencia para pagar la renta o los servicios públicos, puede apelar aquellas acciones. Puede hacerlo enviando un formulario de apelación de ERAP o una solicitud por escrito dentro de los 60 días calendario a partir de la fecha de la decisión. Más información acerca de este proceso está disponible en el portal en línea de ERAP.
DES reducirá el fraude al verificar las identidades de los solicitantes antes de que presenten una solicitud usando un servicio de verificación de identidad, ID.me. Durante el proceso de solicitud, los inquilinos obtendrán un aviso por medio de su método de comunicación seleccionado con un enlace e instrucciones acerca de cómo usar ID.me. Si un inquilino no puede usar el servicio ID.me, puede verificar su identidad llamando a la línea directa de ERAP o enviando una solicitud en papel con una identificación con foto.
Al aceptar recibir fondos de asistencia para pagar la renta, el propietario acepta liberar al inquilino de toda responsabilidad relacionada con la falta de pago de la renta durante los periodos cubiertos. Este es un comunicado amplio e incluye, entre otras cosas, un descargo de cargos por mora, multas, costos y honorarios legales, embargos, sentencias judiciales y órdenes del tribunal de desalojo. También, el propietario acepta que el inquilino no se ha mudado, no ha sido desalojado y aún reside en la propiedad relacionada con el pago de asistencia para la renta. Finalmente, el propietario acepta no desalojar al inquilino durante al menos 30 días después del pago.
Comuníquese con la línea directa del Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler llamando al 1-833-912-0878. El servicio telefónico está disponible de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., de lunes a viernes.
Los inquilinos y propietarios pueden presentar una solicitud en línea en era.azdes.gov.
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Conforme al Título VI de la ley de los Derechos Civiles de 1964, la ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA, por sus siglas en inglés) y otras leyes y autoridades antidiscriminatorias, ADES prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, nacionalidad, sexo, edad o discapacidad. Las personas que requieren una adaptación razonable debido al idioma o la discapacidad deben presentar una solicitud lo antes posible para garantizar que el Estado tenga la oportunidad de hacer los arreglos necesarios para la adaptación. El proceso para solicitar una adaptación razonable puede encontrarse en igualdad de oportunidades y adaptaciones razonables.