El DES usa todos los recursos disponibles para verificar la información requerida. Puede ayudar a que el proceso de solicitud se acelere al proporcionar las siguientes verificaciones con su solicitud:
No es obligatorio proporcionar comprobantes de los gastos, pero puede ayudarle a recibir más beneficios.
Ya sea que esté solicitando por primera vez o renovando sus beneficios, es posible que necesite uno o más de las siguientes piezas de información para determinar si es elegible para recibir Asistencia en Efectivo.
Cuando se recibe una solicitud de Asistencia Nutricional y Asistencia en Efectivo, DES envía un aviso al hogar para completar la entrevista obligatoria. Cuando se necesita más información para tramitar una solicitud, se envía un aviso solicitando la información necesaria.
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Conforme al Título VI de la ley de los Derechos Civiles de 1964, la ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA, por sus siglas en inglés) y otras leyes y autoridades antidiscriminatorias, ADES prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, nacionalidad, sexo, edad o discapacidad. Las personas que requieren una adaptación razonable debido al idioma o la discapacidad deben presentar una solicitud lo antes posible para garantizar que el Estado tenga la oportunidad de hacer los arreglos necesarios para la adaptación. El proceso para solicitar una adaptación razonable puede encontrarse en igualdad de oportunidades y adaptaciones razonables.