A menudo, usted puede resolver los asuntos sin acción legal al hablar con su oficina del DES local.
Si no está de acuerdo con una decisión o acción tomada por el DES, usted tiene derecho a pedir una revisión legal de su caso. Esta revisión se llama una apelación. Usted puede solicitar una apelación sobre las decisiones o acciones del DES en todos los siguientes programas:
En una apelación, un juez de derecho administrativo imparcial revisa la decisión del DES para asegurar que la ley de Arizona y la política del DES sea correcta. Para la Asistencia en Efectivo, usted tiene que solicitar una apelación dentro de los 30 días desde la fecha de envío en el aviso de la decisión al llenar y devolver el formulario FAA-0098A-S Solicitud de Audiencia Imparcial. Para la Asistencia Nutricional, tiene que solicituar una apelación dentro de los 90 días desde la fecha de envío en el aviso de la decisión.
El DES tiene que enviarle un aviso cuando se toma una decisión referente a su caso. Una apelación le dará la oportunidad de explicar su caso ante un juez, quien decidirá si el DES ha tomado la decisión correcta.
Recibira un aviso pidiéndole que se comunique con nosotros, para fijar una reunión previa a la audiencia con el DES. Usted no tiene que asistir a la reunión previa a la audiencia. Si asiste, es posible que podamos resolver el asunto.
Si no se puede resolver el asunto, la DES Office of Appeals (Oficina de Apelaciones del DES) le enviará un aviso informándole la fecha y hora de la apelación.
Descargue el formulario FAA-0098A-S Solicitud de Audiencia Imparcial o pida un formulario en su oficina local.
Presente el formulario de Solicitud de Audiencia Imparcial llenado o una declaración escrita en persona, por correo o fax. Encuentre su oficina local usando el localizador de oficina de DES.
La declaración en la que se solicita una apelación debería incluir su dirección, la fecha del aviso con el que usted no está de acuerdo y la razón por la qué usted no está de acuerdo con la decisión.
Usted tiene que pedir una apelación dentro de:
Usted puede seguir recibiendo beneficios si pide una apelación dentro de los 10 días desde la fecha en el aviso de la decisión. Para la Asistencia en Efectivo usted puede continuar a recibir beneficios si solicita una apelación en cualquier momento antes de la fecha de vigencia de la medida disciplinaria en su caso. No obstante, no puede seguir recibiendo beneficios mientras espera una apelación si:
Advertencia: Si no se presenta a su apelación, retira su solicitud de apelación o el juez decide que el DES estaba correcto, puede que usted tenga que REEMBOLSAR cualquier tipo de beneficios de Asistencia en Efectivo o de Asistencia Nutricional que haya recibido mientras esperaba la apelación.