ERAP está cambiando el 1 de abril de 2023. Para obtener más información, consulte la página de prinicipal del ERAP.
El propósito del Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler (ERAP) es evitar la inestabilidad de la vivienda para los inquilinos debido a las dificultades relacionadas con Covid-19. Los inquilinos y/o los propietarios reciben directamente el pago de los meses vencidos y calificados de la ayuda para el alquiler.
Por esta razón, ERAP requiere que los propietarios participantes acuerden NO desalojar a los inquilinos por falta de pago durante al menos 30 días después del pago, o suspender o desestimar los casos activos contra los inquilinos.
Los propietarios también pueden calificar para hasta $500 en reembolso de honorarios legales para casos que ya han sido presentados. Alentamos a los propietarios a asociarse con ERAP para promover la estabilidad de la vivienda para los residentes de Arizona.
¿Cuánto pueden esperar recibir los solicitantes elegibles en asistencia?
Los hogares elegibles pueden recibir hasta $3,500 por mes en asistencia combinada de renta y servicios públicos por un máximo de 18 meses o un total de $63,000 en beneficios pagados. Este total de 18 meses es el total combinado de meses parciales y completos de meses atrasados, actuales y futuros. No se puede pagar más asistencia después de que se hayan distribuido 18 meses de beneficios.
Los pagos pueden efectuarse al propietario (si participa), al proveedor de servicios públicos o al inquilino directamente (si el propietario no completa la solicitud y no participa en el programa).
¿Qué se necesita para verificar mi identidad como propietario?
Un propietario o representante de la empresa del propietario debe verificar su identidad por medio de id.me. Este es un proceso de una sola vez. Una vez que se completa este paso, el propietario o representante puede ingresar la información fiscal y bancaria del propietario. Si la persona que se inscribe es un representante de la empresa del propietario, ingresará el número de identificación fiscal (TIN, por sus siglas en inglés) de la empresa y la información de la cuenta bancaria de la empresa para el pago.
¿Qué pasa si tengo una pregunta sobre la verificación de mi identidad a través de ID.me?
Consulte nuestra guía útil sobre preguntas frecuentes de ID.me, cómo configurar su cuenta ID.me y completar el proceso de verificación.
¿Sigue en vigor la moratoria de desalojos?
El 26 de agosto de 2021, la Corte Suprema de los Estados Unidos revocó la moratoria de desalojo del Centro para el Control de Enfermedades (CDC). Esto significa que los inquilinos pueden ser desalojados por no pagar el alquiler.
Si se enfrenta a un desalojo, hay recursos disponibles, además del Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler que brinda ayuda con los pagos del alquiler y los servicios públicos para los hogares que califiquen.
Si necesita asistencia legal ante un posible desalojo, hay recursos disponibles en https://azevictionhelp.org y https://clsaz.org.
¿Cuáles son los pasos para participar?
¿Qué necesito proporcionar?
¿Puedo recibir un reembolso por los honorarios de abogados/tribunales que he incurrido como resultado de un litigio relacionado con la falta de pago de la renta?
Sí, por cada inquilino, como parte del acuerdo de liberar al inquilino de toda responsabilidad, incluso las sentencias judiciales, puede recibir un reembolso de hasta $500 en costos legales y honorarios que el inquilino estaría legalmente obligado a pagar. En la solicitud, se le pedirá que suba documentación para sus costos y honorarios legales.
¿Tengo que volver a inscribirme si solicitan varios inquilinos?
No, no se le pedirá que se inscriba varias veces. Sin embargo, se le pedirá que apruebe cada solicitud presentada por cada inquilino, apruebe los términos y condiciones, suba su libro de contabilidad o contrato de arrendamiento y proporcione comprobante de los honorarios del tribunal o del abogado que ha incurrido si solicita un reembolso.
¿Puedo solicitar en nombre de mi inquilino?
Sí, un propietario puede iniciar solicitudes en nombre de sus inquilinos y se les considera solicitantes conjuntos. Se necesitará la información de contacto del inquilino para completar la solicitud, de modo que se pueda contactar al inquilino para que pueda proporcionar información acerca de ingresos y otros documentos de elegibilidad.
¿Qué sucede si mi inquilino comienza su propia solicitud?
Si el inquilino comienza la solicitud, se le avisará al propietario por correo electrónico que un inquilino lo ha agregado como propietario. Después de inscribirse por primera vez, recibirá un correo electrónico después de que se apruebe su inscripción inicial. En ese momento, puede continuar con la finalización de la solicitud para ese inquilino específico.
¿Cómo se comunicarán conmigo una vez que el inquilino haya presentado una solicitud?
Después de que su inquilino presente la solicitud, se le contactará por correo electrónico 3 veces dentro de los 5 días calendario.
¿Qué tipos de archivos pueden subirse?
Pueden enviarse archivos PDF o JPEG. Si no puede leerse el documento, la agencia se comunicará con usted para que vuelva a enviar la información.
¿Cómo reviso el estado de la solicitud de mi inquilino?
La mejor manera de revisar el estado de una solicitud es iniciar una sesión en el portal de solicitud. Si es necesario, puede comunicarse con DES ERAP por teléfono al 1-833-912-0878 o mediante un formulario seguro de Google en: https://forms.gle/HCk4XimFie4rDRWS6
Si mi inquilino tiene un contrato de mes a mes, ¿todavía es elegible para recibir asistencia?
Sí, ocupar una residencia de alquiler de mes a mes se considera un alquiler válido y actual. Sin embargo, debe haber un acuerdo por escrito, como un contrato de arrendamiento, entre usted y su inquilino.
¿Califica el inquilino si se están bajo Sección 8 u otra vivienda subsidiada por el gobierno federal?
Si su inquilino reside en una vivienda subsidiada por el gobierno federal y su renta se ajusta de acuerdo con los cambios en los ingresos, es elegible para recibir asistencia para la parte no subsidiada de la renta según ERAP. Además, si el inquilino o un miembro de su hogar recibió o recibe actualmente beneficios de cualquier otro programa de asistencia para pagar la renta o los servicios públicos por el mismo periodo y el mismo propósito que se solicita en la solicitud de ERAP, no serán elegible para recibir beneficios.
¿Qué sucede después de que el inquilino haya recibido 3 meses consecutivos de beneficios?
Si el inquilino desea recibir asistencia adicional después de recibir el tercer posible mes de beneficios, se le pedirá que proporcione documentación que demuestre que aún es elegible financieramente para participar en el programa. También se necesitará comprobante del pago anterior efectuado para acreditar la renta o los servicios públicos del inquilino.
Proporcioné mi información bancaria y recibí el pago del programa ERAP en nombre de mi inquilino. ¿Qué debo hacer con este pago?
Cualquier pago recibido por el propietario bajo ERAP debe usarse para acreditar la renta del inquilino (incluso los servicios públicos pagados dentro de la renta) o los atrasos de renta o las tarifas asociadas con esa renta según lo solicitado en la solicitud de ERAP. Además, el propietario deberá firmar la exención de responsabilidad del inquilino por parte del propietario como condición para recibir el pago de ERAP y acordará no desalojar por falta de pago de renta durante los meses en los que se recibió la asistencia. Cualquier disputa que surja de la exención de responsabilidad del inquilino por parte del propietario se resolverá en un tribunal de Arizona de jurisdicción competente de acuerdo con la ley de Arizona y no como una demanda de reclamos menores sin el consentimiento del inquilino.
¿Se considera ingreso sujeto a impuestos el pago que recibo?
Sí, consulte el sitio web del IRS para obtener más información en:https://www.irs.gov/es/newsroom/emergency-rental-assistance-frequently-asked-questions. Se le enviará un formulario 1099 para el año calendario 2021.
¿Puedo usar los fondos que recibo para el saldo futuro de la renta de mi inquilino?
Sí, la asistencia para pagar la renta puede acreditarse para la renta futura del inquilino. Sin embargo, los atrasos de la renta y los servicios públicos deben pagarse en su totalidad antes de recibir cualquier asistencia futura para pagar la renta o los servicios. Además, los pagos para la asistencia futura para pagar la renta y los servicios públicos solo se pueden recibir en incrementos de 3 meses. Si desea volver a presentar una solicitud en nombre del inquilino después de 3 meses consecutivos, se necesitará documentación que demuestre su elegibilidad continua.
¿Puedo usar los fondos para pagar las tarifas cobradas a mi inquilino relacionadas con la renta o los servicios públicos atrasados?
Sí. Las tarifas relacionadas con la renta y los servicios públicos atrasados son elegibles para ser pagados bajo ERAP.
¿Seré responsable de reembolsar al estado de Arizona cualquier pago que se determine ser un pago en exceso o una solicitud fraudulenta?
Sí. Si hay un pago en exceso o tergiversación y/o fraude por parte del inquilino y usted, el propietario recibió el pago, el estado de Arizona le pedirá que devuelva los fondos.
Si se deniega mi solicitud, ¿puedo apelar?
Puede apelar enviando este formulario por correo electrónico, fax o correo postal dentro de los 60 días posteriores a la decisión.
¿ERAP está cambiando?
Sí, a partir del 1 de abril de 2023, la asistencia de servicios públicos y las recertificaciones ya no estarán disponibles, y la asistencia para pagar la renta estará disponible para los nuevos solicitantes elegibles. Los solicitantes pueden continuar solicitando asistencia para pagar al renta y los servicios públicos o, si son elegibles, volver a certificar hasta el 31 de marzo de 2023.
¿Estará disponible la asistencia de servicios públicos por medio de otros programas después del 1 de abril de 2023?
Sí, la asistencia de servicios públicos está disponible por medio del Programa de Asistencia de Agua para Hogares de Bajos Ingresos (LIHWAP) y Programa de Asistencia de Energía para Hogares de Bajos Ingresos (LIHEAP). Puede solicitar estos beneficios por medio del portal de Estabilidad de Vivienda y Asistencia de Servicios Públicos del DES.
Si estoy recibiendo beneficios del ERAP antes del 1 de abril de 2023, ¿seguiré recibiendo mis beneficios?
Sí, el Departamento continuará pagando los beneficios aprobados a menos que los fondos de ERAP se agoten antes del final del periodo de elegibilidad.
¿Puedo volver a solicitar ERAP después de que concluyan mis beneficios aprobados?
Las recertificaciones solo están disponibles hasta el 31 de marzo de 2023, y los solicitantes que anteriormente solicitaron y recibieron beneficios del ERAP no son elegibles para volver a presentar una solicitud.
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Conforme al Título VI de la ley de los Derechos Civiles de 1964, la ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA, por sus siglas en inglés) y otras leyes y autoridades antidiscriminatorias, ADES prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, nacionalidad, sexo, edad o discapacidad. Las personas que requieren una adaptación razonable debido al idioma o la discapacidad deben presentar una solicitud lo antes posible para garantizar que el Estado tenga la oportunidad de hacer los arreglos necesarios para la adaptación. El proceso para solicitar una adaptación razonable puede encontrarse en igualdad de oportunidades y adaptaciones razonables.