Las leyes federales y estatales requieren que los empleadores informen de los empleados recién contratados y contratados nuevamente en Arizona. Los empleadores también están obligados a cumplir con el aviso para retener los ingresos de un empleado.
Usted, el empleador, puede efectuar pagos de sustento para menores en línea de manera gratuita, segura y práctica.
Puede recibir y responder electrónicamente a futuros avisos de sustento para menores.
Use el centro de informes de nuevas contrataciones de Arizona para informar sobre un nuevo empleado.
Cuando recibe una orden o aviso de retención de ingresos para el sustento, las regulaciones federales y estatales requieren que:
Los pagos de sustento y los gastos de envío tienen que pagarse a la cámara de compensación de pagos.
Importante: Las retenciones de sustento para menores tienen prioridad sobre cualquier otro proceso legal, incluso si primero se emitió otra orden de retención. El sustento para menores tiene que retenerse, hasta el 50% de las ganancias disponibles del empleado, antes de que se tomen las deducciones de otras órdenes de retención. La única excepción es si se recibe un impuesto federal antes de la orden o aviso de retención de ingresos para el sustento.
La retención tiene que permanecer vigente hasta que la División de Servicios de Sustento para Menores (DCSS por sus siglas en inglés) notifique oficialmente al empleador, por escrito, para ajustar o terminar la retención. No puede detener la retención porque el empleado le ha pedido que lo haga, o porque los pagos atrasados parecen haberse pagado. Un empleador puede ser considerado responsable por cualquier pago no retenido como se requiere.
Los empleadores pueden cobrar una tarifa de procesamiento de hasta $1.00 por periodo de nómina, o un máximo de $4.00 por mes, de lo que sobre de las ganancias del empleado, una vez que se haya retenido el sustento para menores. No deduzca la tarifa del pago de sustento para menores.
Para varios empleados: Si el empleador está enviando una lista de empleados, la transmisión tiene que conciliar con la cantidad del cheque. Si no se incluye esta información, puede demorar el envío de los pagos al padre con custodia.
Tenga en cuenta: Los empleadores no deberán ingresar una cantidad negativa para ningún empleado. Esto hará que no estén balanceados los libros y retrasará los pagos a los padres con custodia.
Inscríbase para utilizar nuestro servicio de eEmployer para recibir y responder electrónicamente a futuros avisos de sustento para menores.
El servicio de eEmployer le permite a usted y a su personal a recibir y responder electrónicamente a los avisos de sustento para menores. Nuestros servicios en línea fueron desarrollados para minimizar su carga administrativa mientras se cumplen sus requisitos legales relacionados con el sustento para menores.
Envíe sus preguntas por correo electrónico a [email protected]
Inscríbase para pagar el sustento para menores por medio de la transferencia electrónica de fondos para empleadores
Informatix Inc.
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602-843-1230
602-843-1451 Fax
844-518-4385 línea gratuita
iPayOnline es una manera gratuita, segura y práctica para que los empleadores efectúen los pagos de sustento para menores.
Para inscribirse:
La oficina federal de Cumplimiento de Manutención de Menores ha desarrollado un proceso electrónico de orden de retención de ingresos (e-IWO por sus siglas en inglés) que le permite:
No hay costo para participar en el programa e-IWO. Para intercambiar información sobre la orden de retención de ingresos de manera eficiente y económica, visite la oficina federal de Cumplimiento de Manutención de Menores
Use la hoja para calcular la asignación de sustento para menores para determinar la cantidad de ingresos que debe retener del cheque del empleado.
Para pagar con cheque:
Clearinghouse
PO Box 52107
Phoenix, AZ 85072
Los pagos de entrega al día siguiente pueden enviarse a:
Arizona Department of Economic Security
DCSS – SDU S/C 019A – Mail Drop 7214
1789 W. Jefferson, 3rd Floor SW
Phoenix, AZ 85007
Tenga en cuenta: No debe enviarse con un cheque la correspondencia.
La DCSS tiene autoridad administrativa para emitir órdenes de retención de ingresos limitados (LIWO por sus siglas en inglés) contra cantidades de pago único pagadas a los empleados que deben sustento para menores (actual y/o atrasado). Las LIWO se emiten en contra de los pagos únicos que no se hacen regularmente: indemnización por cese, indemnización por enfermedad, pagos por vacaciones, bonos, compensaciones de seguros, comisiones, opciones de compra de acciones, ingresos en exceso, ingresos por incapacidad retroactiva e indemnizaciones por lesiones personales.
Para informar de un pago único (como la indemnización por cese o bonos):
Proporcione:
Después de que la DCSS reciba su lista de empleados elegibles, usted recibirá una LIWO por cada empleado, ya sea por fax o por correo. Recuerde de incluir su número de fax con toda su correspondencia porque estas órdenes no pueden enviarse por correo electrónico.
Cada empleado tiene 10 días hábiles para disputar la interceptación por LIWO utilizando el proceso de solicitud de revisión administrativa. La solicitud está incluida en el paquete de LIWO que envía la DCSS.
Si los bonos de los empleados son ingresos imponibles, puede retener hasta el 50% de la cantidad del pago único, hasta el saldo de los atrasos de sustento para menores informado en la LIWO.
Si los bonos de los empleados no están sujetos a impuestos, puede retener hasta el 100% de la cantidad del pago único, hasta el saldo de los atrasos de sustento para menores informado en la LIWO.
Envíe los pagos únicos e incluya el número de caso ATLAS indicado en la LIWO a:
Clearinghouse
PO Box 51207
Phoenix, AZ 85072-2107
Use el centro de informes de nuevas contrataciones de Arizona para informar sobre un nuevo empleado.
Necesitará su EIN federal.
Importante: Si un empleado anterior del que se retuvieron los pagos de sustento para menores vuelve a contratarse dentro de 90 días, no espere a recibir una nueva orden o aviso de retención para el Sustento para Menores – Tiene que honrar el aviso existente.
Use el formulario de aviso de terminación de la relación laboral para informar de un empleado cesado.
Imprima y envíe el formulario de aviso de terminación a:
Division of Child Support Services P.O. Box 40458, Phoenix, AZ 85067 Or Fax to: (602) 353-5730
Cuando un empleado que debe sustento para menores termina su relación laboral, usted tiene que avisarle por escrito a la cámara de compensación de pago de sustento de Arizona (SDU) y proporcionarles:
El National Medical Support Notice (Aviso nacional de manutención de seguro médico, NMSN, por sus siglas en inglés) es un formulario federal estandarizado que todas las agencias estatales de sustento para menores IV-D tienen que usar.
Los requisitos del NMSN:
La DCSS llenará su sección del formulario y lo enviará al empleador junto con el resto del paquete de National Medical Support Notice (NMSN).
Si contesto "Sí": llene el formulario de respuesta del empleador y envíelo a la agencia emisora (DCSS o una agencia de sustento para menores IV-D fuera del estado) dentro de los 20 días hábiles.
Si contesto "No": envíele la Parte B: Medical Support Notice a su administrador del plan de salud. El administrador del plan le avisará cuando se haya completado la inscripción.
Avísele a su oficina o servicio de nómina para hacer las deducciones adecuadas para la contribución del empleado requerida por el plan de salud. En este momento, usted puede determinar si las deducciones totales son mayores que lo máximo permitido bajo la Ley de Protección del Crédito al Consumidor y cualquier ley estatal que corresponda.
Los empleadores deben comunicarse con el equipo de relaciones laborales de la DCSS
Si su empleado tiene preguntas, pídales que se comuniquen con su gerente de caso o con el servicio al cliente de la DCSS al 602-252-4045 o 800-882-4151.
Servicio al cliente
602-252-4045
Línea gratuita en Arizona 1-800-882-4151
Lunes - viernes, 7:00 a.m. - 5:30 p.m.
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